Subvenciones para la financiación de costes salariales de trabajadores con discapacidad en centros especiales de empleo (2024)

El BOCYL de 30 de enero de 2024 ha publicado la convocatoria de subvenciones dirigidas a financiar los costes salariales de las personas con discapacidad que trabajan en los centros especiales de empleo para el año 2024.

Las solicitudes se resolverán por orden de entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, una vez que el expediente esté completo y se compruebe el cumplimiento de los requisitos.

  • Extracto de la Resolución

https://bocyl.jcyl.es/html/2024/01/30/html/BOCYL-D-30012024-11.do

  • Tramitación electrónica

https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Ayuda012/1285357180371/Propuesta?utm_source=alertascontenidos&utm_medium=mail&utm_campaign=Ayuda

El 30 de enero se celebra el día escolar de no violencia y paz

La educación en y para la tolerancia, la solidaridad, la concordia, el respeto a los Derechos Humanos, la no-violencia y la paz son motivos para recordar el 30 de enero. 

En el Día de la Paz, los centros educativos se comprometen como defensores de la paz y entendimiento entre personas de distinta procedencia y modos de pensar.

En ese día se celebra el aniversario de la muerte del Mahatma Gandhi (India, 1869-1948), líder pacifista que defendió y promovió la no violencia y la resistencia pacífica frente a la injusticia y que fue asesinado por defender estas ideas.

Una educación inspirada en una cultura de no violencia y paz permite a nuestro alumnado adquirir conocimientos, actitudes y competencias que refuercen su desarrollo como ciudadanos globales críticos y comprometidos con sus derechos y los de otras personas.

El Día de la Paz, por su temática general de no violencia, resolución de conflictos y convivencia, puede trabajarse en todos los niveles educativos desde Educación Infantil hasta Bachillerato.

  • Mas información (Unicef):

https://www.unicef.es/educa/dias-mundiales/dia-escolar-no-violencia-paz

Reforma del artículo 49 de la Constitución Española

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó, en su sesión del día 18 de enero de 2024, la Proposición de Reforma del artículo 49 de la Constitución Española, de acuerdo con lo establecido en el artículo 167 de la Constitución y habiendo obtenido dicho texto, en votación final, la mayoría de tres quintos

prevista en el citado precepto constitucional.

El Pleno del Senado ha aprobado igualmente dicha Proposición de Reforma del artículo 49 de la Constitución Española, en su sesión extraordinaria número 10, celebrada el día 25 de enero de 2024, de acuerdo con el artículo 167 de la Constitución y habiendo obtenido dicho texto, en votación final, la mayoría

de tres quintos prevista en el citado precepto constitucional, sin introducir modificaciones al texto remitido por el Congreso de los Diputados.

En consecuencia, la Presidencia de la Cámara ha hecho pública la apertura del plazo de quince días previsto en el artículo 167.3 de la Constitución Española, que concluirá el día 12 de febrero de 2024, dentro del cual una décima parte de los miembros de la Cámara podrá solicitar que la reforma aprobada por las Cortes Generales sea sometida a referéndum para su ratificación.

Con esta nueva redacción se pretende la actualización del artículo 49 de la Constitución Española en cuanto a su lenguaje y contenido para reflejar los valores que inspiran la protección de las personas con discapacidad, tanto en el ámbito nacional como internacional, de manera que este precepto vuelva a ser referencia para la protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad en España.

  • Proposición de Reforma (Boletín Oficial de las Cortes Generales de 23 de enero de 2024)

https://www.congreso.es/public_oficiales/L15/CONG/BOCG/B/BOCG-15-B-56-4.PDF

  • Aprobación por el Senado y apertura de plazo previsto en el artículo 167.3 de la Constitución Española (Boletín Oficial de las Cortes Generales de 26 de enero de 2024)

https://www.senado.es/legis15/publicaciones/pdf/senado/bocg/BOCG_T_15_55.PDF

Proposición de Reforma del artículo 49 de la Constitución Española

El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 18 de enero de 2024, aprobó, por el procedimiento de lectura única, la Proposición de Reforma del artículo 49 de la Constitución Española, de acuerdo con lo establecido en el artículo 167 de la Constitución, y habiéndose obtenido, en votación final, la mayoría de tres quintos prevista en el mencionado precepto constitucional, en el caso de proyectos de reforma constitucional.

El texto de la propuesta es el siguiente:

«Artículo 49.

  1. Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio.
  2. Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad.»

Con esta nueva redacción se pretende la actualización del artículo 49 de la Constitución Española en cuanto a su lenguaje y contenido para reflejar los valores que inspiran la protección de las personas con discapacidad, tanto en el ámbito nacional como internacional, de manera que este precepto vuelva a ser referencia para la protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad en España.

  • Proposición de Reforma (Boletín Oficial de las Cortes Generales de 23 de enero de 2024)

https://www.congreso.es/public_oficiales/L15/CONG/BOCG/B/BOCG-15-B-56-4.PDF

Newsletter de enero de 2024 del Grupo de Enlace del Comité Económico y Social Europeo

El Grupo de Enlace del Comité Económico y Social publica, con carácter mensual, una Newsletter con un compendio de documentos y actuaciones realizaras por la sociedad civil organizada en Europa.

https://053679c784194289b7b3d6b3c77bd07e.marketingusercontent.com/m/view/AmmPYe4JREdSwmaQhXRanYUkGvTfzpwbOK4SxLHmzzEx#msdynttrid=evVjMY85KLCg430ENUgseZbEjzNseisYFZMiF_yATFE

Regulación de las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales.

El BOCyL de 22 de enero de 2024 publica la Orden de modificación de la Orden por la que se regulan las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales, con el objetivo de actualizar ciertos aspectos de las prestaciones.

  • Orden FAM/26/2024, de 17 de enero, por la que se modifica la Orden FAM/6/2018, de 11 de enero

https://bocyl.jcyl.es/html/2024/01/22/html/BOCYL-D-22012024-2.do

III Estrategia de Educación Ambiental de Castilla y León 2024-2030

El BOCyL de 22 de enero de 2024 publica el Acuerdo por el que se aprueba la «III Estrategia de Educación Ambiental de Castilla y León 2024-2030».

La Estrategia servirá de marco para las actuaciones que se desarrollen en la comunidad autónoma en materia de educación ambiental para promover la transición ecológica y avanzar hacia el desarrollo sostenible

  • Acuerdo 7/2024, de 18 de enero, de la Junta de Castilla y León.

https://bocyl.jcyl.es/html/2024/01/22/html/BOCYL-D-22012024-15.do

Plan anual de actuaciones en materia de calidad e innovación de los servicios públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2024

El BOCyL de 22 de enero de 2024 publica el Acuerdo 6/2024, de 18 de enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan anual de actuaciones en materia de calidad e innovación de los servicios públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2024.

El Plan se estructura en tres ejes. El primero de ellos está destinado a valorar la calidad de los servicios públicos, mediante evaluaciones externas y también internas. El segundo de los ejes recoge la actualización de las cartas de servicios vigentes y la elaboración de nuevas cartas. El tercer eje incluye actuaciones relacionadas con la evaluación del grado de satisfacción de las personas usuarias de los servicios públicos, para conocer las expectativas actuales y futuras de estas personas.

  • Acuerdo 6/2024, de 18 de enero, de la Junta de Castilla y León.

https://bocyl.jcyl.es/html/2024/01/22/html/BOCYL-D-22012024-11.do

Creación de la Comisión Interministerial de Inmigración

El BOE de 17 de enero de 2024 publica el Real Decreto por el que se crea la Comisión Interministerial de Inmigración y establece su composición y funcionamiento, con el objetivo de impulsar y coordinar las medidas a adoptar por la Administración General del Estado (AGE) para atender los fenómenos migratorios irregulares que tengan entrada en territorio español.

La Comisión Interministerial queda adscrita al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

La Comisión Interministerial estará presidida por la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y formarán parte de la misma las personas titulares de los ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; Interior; Trabajo y Economía Social; Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030; Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; y Juventud e Infancia. Ejercerá la Secretaría de la Comisión Interministerial la persona titular de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio.

La Presidencia de la Comisión podrá convocar a las reuniones a representantes de otros departamentos ministeriales, o de otras administraciones públicas, o a otros altos cargos de la AGE y a responsables de organismos públicos

La Comisión podrá ser convocada por decisión de su presidencia o a petición de alguno de sus miembros y como mínimo se reunirá una vez al trimestre.

Además, tendrá las siguientes funciones:

  • Impulso y coordinación de las medidas que haya de adoptar la AGE.
  • Propuesta en el ámbito de la AGE de medidas encaminadas a atender sus necesidades.
  • Seguimiento de las propuestas y actuaciones de los departamentos ministeriales, así como de sus organismos y entidades dependientes.
  • Impulso y seguimiento de medidas de atención en relación con niñas, niños y adolescentes migrantes y, en especial, con las personas menores de edad migrantes no acompañadas, en el ámbito de las competencias de la AGE.
  • Impulso de medidas con otras administraciones públicas, así como el seguimiento de las propuestas y actuaciones acordadas en el seno de la Conferencia Sectorial de Migraciones.

  • Real Decreto 48/2024, de 16 de enero, por el que se crea la Comisión Interministerial de Inmigración y se establece su composición y funcionamiento.

https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-813