El BOE de 3 de septiembre de 2026 ha publicado el Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva.
Este Reglamento establece y regula la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación, de conformidad con la disposición adicional segunda de la Ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, que establecía un mandato al Gobierno para aprobar un reglamento que desarrolle las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva, reuniendo en un texto reglamentario aquellas aplicables en todo el territorio nacional. Estas condiciones tienen el carácter de mínimos, pudiendo las comunidades autónomas, las ciudades de Ceuta y Melilla y las corporaciones locales establecer otras suplementarias o más exigentes, siempre dentro de la esfera de sus competencias.
El objetivo es garantizar, de forma efectiva, la accesibilidad cognitiva de todas las personas con dificultades de comprensión y comunicación del entorno físico, el transporte, la información y la comunicación, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones a disposición o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales.
- Real Decreto 707/2026, de 2 de septiembre