Medidas temporales para el mantenimiento en Castilla y León de las prestaciones de dependencia afectadas por la modificación efectuada en las pensiones no contributivas de invalidez

El BOCyL de 5 de septiembre de 2022 ha publicado la Orden por la que se adoptan medidas temporales para el mantenimiento en Castilla y León de las prestaciones de dependencia afectadas por la modificación efectuada en las pensiones no contributivas de invalidez.

La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales de Estado para el año 2018, publicada el 4 de julio de 2018, contiene las cuantías aplicables desde el 1 de enero de 2018 a los complementos de ayuda a tercera persona de la pensión de gran invalidez, de la asignación económica por hijo a cargo y de la pensión de invalidez no contributiva. Las cuantías aprobadas son superiores a las que se establecieron mediante el Real Decreto 1079/2017, de 29 de diciembre, sobre revalorización de pensiones de Clases Pasivas, de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2018.

Dichos complementos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 39/2006 de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, deben deducirse de las prestaciones reconocidas al amparo de esta Ley, por ser de análoga naturaleza y finalidad.

Por todo ello, se adoptan las medidas necesarias para que, dentro del marco de competencias atribuidas a las comunidades autónomas en materia de atención a la dependencia, se evite la minoración retroactiva de las citadas prestaciones o el incremento de la aportación y el consiguiente perjuicio a las personas en situación de dependencia que son beneficiarias de dichos complementos de ayuda a tercera persona.

  • Orden FAM/1122/2022, de 30 de agosto

https://bocyl.jcyl.es/html/2022/09/05/html/BOCYL-D-05092022-1.do